Normativa es constitucional.
Prohibición de armas de fuego de asalto para uso civil se confirma por el Tribunal Federal de Apelaciones de Canadá.
La decisión se basó en la premisa de que la evaluación sobre la razonabilidad del uso civil de las armas corresponde al ejecutivo, conforme a los parámetros establecidas en la legislación aplicable. El Tribunal consideró que la decisión gubernamental estaba respaldada por elementos técnicos, como la naturaleza semiautomática de las armas, la capacidad de sus cargadores y antecedentes de uso en eventos delictivos.

El Tribunal Federal de Apelaciones de Canadá dictó sentencia en el marco del recurso interpuesto contra la prohibición de ciertos modelos de armas de fuego decretada por el gobierno federal en 2020. Así, los jueces del caso desestimaron la impugnación presentada por la Coalición Canadiense por el Derecho a las Armas de Fuego (CCFR), junto con otros propietarios y comerciantes del sector, y confirmaron la validez jurídica del reglamento impugnado.
La normativa impugnada fue promulgada por el poder ejecutivo mediante una orden del Consejo, en la que se prohibieron más de 1.500 modelos de armas de fuego categorizadas como de estilo militar y por ello considerados no aptos para fines civiles. Los demandantes sostuvieron que esta medida vulneraba el artículo 117.15(2) del Código Penal canadiense, en tanto que, a su juicio, las armas prohibidas podían ser razonablemente utilizadas para actividades deportivas o de caza.
El Tribunal concluyó que el gobierno actuó dentro del marco legal aplicable al emitir la prohibición. La decisión se basó en la premisa de que la evaluación sobre la razonabilidad del uso civil de las armas corresponde al ejecutivo, conforme a los parámetros establecidas en la legislación aplicable. El Tribunal consideró que la decisión gubernamental estaba respaldada por elementos técnicos, como la naturaleza semiautomática de las armas, la capacidad de sus cargadores y antecedentes de uso en eventos delictivos.
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