REGULACIÓN DIGITAL DE LA SALUD
Presentan en España primera Ley de Salud Digital que protege neuroderechos en la Unión Europea
Cantabria (España) impulsa una nueva legislación pionera en Europa que regula el uso de la inteligencia artificial, la neurotecnología y los datos en el ámbito sanitario. El anteproyecto reconoce legalmente los neuroderechos, establece controles sobre decisiones automatizadas y refuerza la protección de los datos cerebrales. La norma contempla también registros, historia clínica electrónica interoperable y la posibilidad de crear sandboxes regulatorios para innovación tecnológica.

El Gobierno de la Comunidad Autónoma de Cantabria (España) presentó un Anteproyecto de Ley de Salud Digital, cuyo objetivo es establecer un marco normativo integral para el uso de tecnologías digitales en el sistema sanitario autonómico. Esta iniciativa normativa se fundamenta en diversos instrumentos legislativos europeos, como el Reglamento (UE) 2021/522 (UEproSalud), el Reglamento sobre el Espacio Europeo de Datos de Salud (2025/327) y el Reglamento de Inteligencia Artificial (2024/1689), así como en las disposiciones vigentes sobre protección de datos personales y tecnologías emergentes.
El texto legal incorpora una regulación sistemática de herramientas tecnológicas aplicadas al entorno sanitario, tales como la inteligencia artificial, el almacenamiento en la nube, la historia clínica electrónica y el uso de datos generados por la actividad cerebral. En este contexto, se introducen por primera vez referencias normativas específicas a los denominados neuroderechos, definidos como garantías individuales frente a la utilización de tecnologías que interactúan con funciones cognitivas o emocionales.
El artículo 29 del anteproyecto establece la prohibición expresa de cualquier forma de manipulación no consentida de procesos mentales. Asimismo, reconoce el derecho de la persona a mantener el control sobre su identidad, autonomía y privacidad en el uso de interfaces cerebro-máquina. El uso de neurotecnologías queda condicionado a una evaluación ética, científica y clínica previa, conforme a los principios de precaución y proporcionalidad.
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