16°C ·Santiago·08 de septiembre de 2026
Diario Constitucional

Recurso de casación acogido.

Partido político PODEMOS que excluye a lista electoral vinculada a escuela esotérica vulnera los derechos de asociación y libertad de creencia, resuelve el Tribunal Supremo de España.

La libertad de creencias se infringe no solamente cuando se impide la profesión pública de una religión o de otro tipo de convicciones o creencias, sino también cuando, permitiéndose dicha profesión pública, la persona afectada sufre una limitación injustificada de sus demás derechos e intereses legítimos por causa de su religión o sus creencias.

Por Redacción·08 de noviembre de 2022·1 min de lectura
Partido político PODEMOS que excluye a lista electoral vinculada a escuela esotérica vulnera los derechos de asociación y libertad de creencia, resuelve el Tribunal Supremo de España.
Referencial

La libertad de creencias se infringe no solamente cuando se impide la profesión pública de una religión o de otro tipo de convicciones o creencias, sino también cuando, permitiéndose dicha profesión pública, la persona afectada sufre una limitación injustificada de sus demás derechos e intereses legítimos por causa de su religión o sus creencias . . .

Te puede interesar