No viola el principio de igualdad.
Normativa que restringe uso de reglas del lenguaje inclusivo en contextos educativos se ajusta a derecho, resuelve el Consejo de Estado de Francia.
Al exigir a los profesores, para facilitar la adquisición de la lengua y la lectura francesas y promover la igualdad de oportunidades entre todos los estudiantes, que se ajusten a "reglas gramaticales y sintácticas" y a no recurrir a la llamada escritura inclusiva, que "modifica el respeto de las normas habituales de los acuerdos previstos en el marco de los programas", el gobierno no ignoró el principio de igualdad de acceso a la educación.

El Consejo de Estado de Francia rechazó la solicitud que el padre de una menor interpuso contra una normativa gubernamental que busca «proteger el principio de igualdad entre niñas y niños en contextos educativos», por prohibir determinadas reglas del lenguaje inclusivo (como el punto medio) y por permitir el uso del masculino genérico o plural en las aulas de clase. Dictaminó que la normativa impugnada no contraviene ni el derecho comunitario ni el francés por no ser discriminatoria.
Según se narra en los hechos, el padre solicitó la derogación de la normativa controvertida al considerar que era discriminatoria y que vulneraba el principio de igualdad. Además, requirió la presentación de una serie de cuestiones prejudiciales al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para que esta judicatura determinara si la legislación impugnada era contraria a las normas comunitarias y francesas aplicables al caso.
Esta circular exigía a los docentes garantizar el respeto del principio de igualdad entre niñas y niños, «feminizar» sistemáticamente los títulos de los cargos ocupados por una mujer y utilizar formulaciones que no indicaran preferencia de género, entre otras cuestiones. No obstante, también prohibía el uso y la enseñanza de determinadas reglas relativas al lenguaje inclusivo, en particular el llamado “punto medio”, que permitía añadir un sufijo femenino a un sustantivo masculino.


