Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Normativa italiana que reduce pagos a proveedores por interceptar telecomunicaciones, previo requerimiento judicial, no contraviene el derecho de la Unión Europea.
El Derecho de la Unión no se opone a una normativa nacional que no exige el reembolso íntegro de los costes efectivamente soportados por los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas cuando permiten la interceptación legal de comunicaciones electrónicas por las autoridades nacionales competentes, siempre que esa normativa no sea discriminatoria, proporcionada y transparente.

El Derecho de la Unión no se opone a una normativa nacional que no exige el reembolso íntegro de los costes efectivamente soportados por los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas cuando permiten la interceptación legal de comunicaciones electrónicas por las autoridades nacionales competentes, siempre que esa normativa no sea discriminatoria, proporcionada y transparente . . .
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