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Diario Constitucional

Recurso de casación rechazado

No existe vulneración al principio de congruencia cuando ambos hechos, el que es objeto de acusación y el que funda la condena son homogéneos, resuelve Tribunal Supremo de España.

Es posible condenar por delito distinto, siempre que sea de la misma naturaleza o especie que el imputado, aunque suponga una modalidad distinta, pero cercana, dentro de la tipicidad penal y sea de igual o menor gravedad que la imputada de forma expresa.

Por Redacción·03 de junio de 2023·1 min de lectura
No existe vulneración al principio de congruencia cuando ambos hechos, el que es objeto de acusación y el que funda la condena son homogéneos, resuelve Tribunal Supremo de España.
Referencial

Es posible condenar por delito distinto, siempre que sea de la misma naturaleza o especie que el imputado, aunque suponga una modalidad distinta, pero cercana, dentro de la tipicidad penal y sea de igual o menor gravedad que la imputada de forma expresa . . .

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