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Diario Constitucional

Responsabilidad contractual.

Mujer que sufrió graves secuelas derivadas de cirugía de reducción mamaria debe ser indemnizada por entidad de salud y cirujano tratante, resuelve un tribunal argentino.

La omisión del médico demandado de prestar la asistencia conforme a los principios de la ciencia y del arte de curar es lo que da a lugar a la responsabilidad contractual, porque el profesional se compromete en una obligación de medios para satisfacer la natural expectativa del paciente para recuperar la salud o mejorar su estado. Su obligación es comprometerse a atender al paciente con prudencia y diligencia.

Por Redacción·19 de marzo de 2025·3 min de lectura
imagen: guialegal
Referencial

Un Juzgado Civil de Bariloche en Argentina acogió la demanda deducida por una mujer que sufrió graves perjuicios tras someterse a una cirugía, por lo que condenó al cirujano interviniente y a la entidad de salud involucrada a indemnizar el daño causado. Dictaminó que los demandados incurrieron en una serie de negligencias durante el procedimiento, como incumplir su deber de información y no considerar el historial médico de la paciente al momento de la intervención y posteriormente.

Según los hechos narrados, la demandante se sometió a una cirugía de reducción mamaria. El cirujano a cargo del procedimiento no tuvo en cuenta el trastorno de coagulación preexistente (Von Willebrand) que padecía la mujer, lo que habría causado complicaciones intraoperatorias, incluyendo hematomas y formación de granulomas. Tras la intervención, presentó asimetría mamaria, infecciones en las areolas y endurecimiento del tejido, sin recibir estudios complementarios ni un tratamiento adecuado.

Debido a la persistencia de las complicaciones, fue necesaria una segunda cirugía para extirpar granulomas y corregir cicatrices, sin embargo, el procedimiento no logró revertir totalmente el daño. Por ello, la mujer quedó con secuelas médicas y estéticas permanentes que fundaron una demanda contra el cirujano y la entidad de salud.

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