Revisión de libertad condicional.
Las normas que imponen sanciones o que establecen límites a los derechos son de interpretación restrictiva, resuelve la Corte Constitucional de Colombia.
El juzgado desconoció el principio de primacía de los derechos y de interpretación restrictiva. Este principio le indica al operador del derecho que interprete la totalidad de las disposiciones de la manera que mejor consulte el ejercicio pleno de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico.

El juzgado desconoció el principio de primacía de los derechos y de interpretación restrictiva. Este principio le indica al operador del derecho que interprete la totalidad de las disposiciones de la manera que mejor consulte el ejercicio pleno de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico . . .


