Responsabilidad extracontractual.
Empresa de ferrocarriles no es responsable por la muerte de hombre que falleció electrocutado al ingresar a las líneas ferroviarias, resuelve un tribunal argentino: hecho es imputable a la imprudencia de la víctima.
Con prescindencia del fallo recaído en el proceso penal la conducta del hombre fue antijurídica. En efecto, al ingresar aquel voluntariamente al área prohibida y caminar por el corredor donde transitan las formaciones ferroviarias, transgredió normas legales expresas a riesgo para su salud y su vida perceptibles para cualquier persona que tuviera un mínimo de instrucción y de experiencia.

Con prescindencia del fallo recaído en el proceso penal la conducta del hombre fue antijurídica. En efecto, al ingresar aquel voluntariamente al área prohibida y caminar por el corredor donde transitan las formaciones ferroviarias, transgredió normas legales expresas a riesgo para su salud y su vida perceptibles para cualquier persona que tuviera un mínimo de instrucción y de experiencia . . .
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