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Diario Constitucional

Facultad discrecional pero no arbitraria.

Derecho a la unidad familiar de servidoras públicas afectadas por traslado de sus lugares de trabajo, se protege por la Corte Constitucional de Colombia.

Las entidades tienen el deber de motivar las decisiones de traslado de personal en la necesidad del servicio y atendiendo a las circunstancias particulares de los servidores como la salud de sus familiares, el peligro o el riesgo para la integridad de los servidores, las cargas desproporcionadas sobre algún miembro de la familia, la ruptura de la unidad familiar, entre otras.

Por Redacción·12 de septiembre de 2024·1 min de lectura
Imagen: asesorias.com
Referencial

Las entidades tienen el deber de motivar las decisiones de traslado de personal en la necesidad del servicio y atendiendo a las circunstancias particulares de los servidores como la salud de sus familiares, el peligro o el riesgo para la integridad de los servidores, las cargas desproporcionadas sobre algún miembro de la familia, la ruptura de la unidad familiar, entre otras . . .

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