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Diario Constitucional

Protección de datos personales.

CS de Colombia determinó que las autoridades no pueden incluir a personas que hagan pública su orientación política en listas de seguimiento sin su consentimiento expreso.

Aunque la posición política del accionante pueda ser consultada abiertamente por cualquier usuario de Twitter, la Administración y la compañía accionada no están facultadas para publicar sus “datos sensibles” sin mediar su consentimiento expreso.

Por Carlos José Clemente Vargas·05 de marzo de 2021·1 min de lectura
CS de Colombia determinó que las autoridades no pueden incluir a personas que hagan pública su orientación política en listas de seguimiento sin su consentimiento expreso.
Referencial

Aunque la posición política del accionante pueda ser consultada abiertamente por cualquier usuario de Twitter, la Administración y la compañía accionada no están facultadas para publicar sus “datos sensibles” sin mediar su consentimiento expreso . . .

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