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Diario Constitucional

Promulgada en 1849

Corte Suprema de Wisconsin (EE.UU.) anula ley del siglo XIX que prohíbe el aborto

La Corte resolvió por mayoría que la ley de 1849 que penaliza el aborto debe ser anulada por haber sido tácitamente derogada. El fallo se fundamenta en la existencia de una legislación posterior que regula de forma exhaustiva la práctica del aborto en el Estado, dejando sin efecto práctico la normativa decimonónica.

Por Redacción·06 de julio de 2025·2 min de lectura
imagen: hemomadrid
Referencial

La Corte Suprema del Estado de Wisconsin (Estados Unidos) resolvió, por mayoría de 4 a 3, que la ley de 1849 que penalizaba el aborto en casi todos sus supuestos resulta inaplicable en virtud de una derogación tácita causada por una normativa posterior. La decisión establece que la legislación promulgada en los últimos cincuenta años constituye una regulación integral del aborto que sustituye efectivamente el contenido de la ley del siglo XIX.

La opinión mayoritaria establece que la normativa contemporánea cubre “prácticamente todos los aspectos del aborto”, incluyendo disposiciones sobre su práctica, condiciones, profesionales autorizados y lugares habilitados, lo cual evidencia la intención del legislador de sustituir el régimen anterior.

La ley de 1849 disponía penas de hasta seis años de prisión para quienes realizaran abortos en general y hasta quince años en casos que involucraran a un “niño quick” —término en desuso para referirse a un feto con movimientos perceptibles por la gestante—. Sin embargo, según la Corte, tales disposiciones fueron reemplazadas de facto por la legislación moderna, lo que justifica su anulación normativo.

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