Discriminación laboral.
Corte Suprema de México señala que los propietarios de plataformas electrónicas no son responsables por los actos de discriminación en que incurran las empresas que publican sus ofertas de trabajo en ellas.
Las empresas intermediarias no son quienes determinan el contenido de las ofertas de trabajo, sino que se limitan a difundirlas o transmitirlas tal como son elaboradas por quienes buscan cubrir las vacantes en sus puestos de trabajo.

Las empresas intermediarias no son quienes determinan el contenido de las ofertas de trabajo, sino que se limitan a difundirlas o transmitirlas tal como son elaboradas por quienes buscan cubrir las vacantes en sus puestos de trabajo . . .


