Libertad de expresión
Corte Suprema de Estados Unidos anula prohibición de terapias verbales de conversión en el Estado de Colorado por ser inconstitucional
Determinó que las leyes que impiden a profesionales de la salud ofrecer orientación específica sobre identidad de género u orientación sexual basándose únicamente en el diálogo constituyen una forma de discriminación por puntos de vista. La resolución establece un precedente sobre la capacidad de los estados para calificar actos médicos como conducta profesional cuando estos se ejecutan a través de la palabra, protegiendo la autonomía del discurso frente a las regulaciones sanitarias locales.

La Corte Suprema de Estados Unidos resolvió, mediante una mayoría de ocho votos contra uno, que la legislación del Estado de Colorado que prohibe las terapias de conversión para menores de edad resulta incompatible con la Primera Enmienda. El dictamen se centró específicamente en los casos donde dicha práctica se limita exclusivamente al uso de la terapia verbal, considerando que la normativa estatal incurría en una censura basada en la perspectiva del emisor al condicionar el contenido de las sesiones de asesoramiento.
El fallo sostiene que la libertad de expresión no puede ser suprimida mediante la simple redefinición de un discurso como conducta profesional. Según el razonamiento de la mayoría, la ley de Colorado presentaba un sesgo de origen al autorizar a los consejeros a emitir mensajes que validaran la identidad de género u orientación sexual de un menor, mientras prohibía simultáneamente cualquier intervención orientada a explorar objetivos distintos a petición del cliente, siempre que se realizaran mediante el habla.
La controversia llegó a la instancia superior tras la demanda de una profesional de la salud mental que alegó que la normativa de 2019 obstaculizaba su labor terapéutica fundamentada en la conversación. Al respecto, las juezas Elena Kagan y Sonia Sotomayor acompañaron la decisión, aunque aclararon en un voto concurrente que una regulación que sea neutral en cuanto al punto de vista y que restrinja la expresión en entornos médicos podría plantear un análisis constitucional diferente y de mayor complejidad.
Por su parte, la jueza Ketanji Brown Jackson manifestó la única postura disidente, advirtiendo que la resolución podría dificultar la fiscalización estatal de los tratamientos médicos basados en el habla. A su juicio, el tribunal ha reconocido históricamente que los estados poseen la potestad de regular la práctica de la medicina sin que ello active un escrutinio constitucional riguroso. Esta decisión judicial proyecta efectos inmediatos sobre legislaciones similares vigentes en otros veinticinco estados, lo que previsiblemente derivará en nuevas impugnaciones legales en todo el territorio estadounidense.
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