Migración.
Corte Suprema Argentina precisa la diferencia entre irregularidad en la permanencia de un extranjero en el país y la irregularidad en su ingreso.
Cuando se verifique que un extranjero hubiere desnaturalizado los motivos que autorizaron su ingreso al territorio o permaneciera en éste vencido el plazo original de permanencia, es su deber en un plazo que no exceda de 30 días, regularizar su situación migratoria.

Cuando se verifique que un extranjero hubiere desnaturalizado los motivos que autorizaron su ingreso al territorio o permaneciera en éste vencido el plazo original de permanencia, es su deber en un plazo que no exceda de 30 días, regularizar su situación migratoria . . .


