Tragedia causó numerosas víctimas
Corte de Casación de Francia confirma cargos contra militar por omisión de auxilio en naufragio de migrantes
La decisión confirma la competencia de la jurisdicción nacional especializada para continuar la investigación sobre la presunta falta de auxilio de personal militar en el naufragio de una embarcación de migrantes frente a las costas francesas en 2021. El tribunal estimó que los hechos imputados a los uniformados guardan una relación directa con las acciones atribuidas a los presuntos traficantes de personas, al compartir un mismo contexto temporal, espacial y causal.

La Corte de Casación de Francia rechazó el recurso presentado por un militar, quien impugnó una resolución de la Corte de Apelaciones de París que había desestimado su solicitud de nulidad dentro de la investigación en su contra por omisión de prestar auxilio. El caso se relaciona con el naufragio de una embarcación que transportaba migrantes hacia el Reino Unido, suceso que dejó veintisiete personas fallecidas frente a las costas francesas en noviembre de 2021.
El militar fue acusado del delito de omisión de prestar auxilio, porque se le atribuye no haber actuado de manera oportuna para socorrer a las personas migrantes que naufragaron en el Canal de la Mancha la noche del 23 al 24 de noviembre de 2021. Según la investigación, pese a que el Centro Regional Operativo de Vigilancia y Salvamento (CROSS), donde el acusado estaba destinado, recibió avisos de emergencia de la embarcación en peligro, las maniobras de rescate no se habrían desplegado con la prontitud ni la eficacia necesarias, lo que habría contribuido a la tragedia.
La investigación judicial fue abierta ese mismo año bajo los cargos de homicidio y lesiones involuntarias, puesta en peligro de la vida ajena, y asistencia a la entrada o permanencia irregular de extranjeros en Francia mediante organización delictiva. Debido a la complejidad del caso, la instrucción fue encomendada a un juez del Tribunal Judicial de París con competencia nacional en materia de criminalidad organizada.
Posteriormente, en diciembre de 2022, el fiscal de París amplió la investigación para incluir posibles delitos de omisión de socorro cometidos por militares asignados al Centro Regional Operativo de Vigilancia y Salvamento (CROSS) y a un buque de la marina nacional. En 2023, el militar recurrente fue formalmente imputado y solicitó la nulidad de las actuaciones, alegando la falta de competencia de la jurisdicción civil ordinaria para juzgar hechos atribuidos a personal militar en ejercicio de sus funciones.
El recurso sostenía que las jurisdicciones especializadas en materia militar tienen competencia exclusiva sobre los delitos cometidos por militares en servicio y que, en consecuencia, el juez de instrucción adscrito a la Jurisdicción Nacional de Lucha contra la Criminalidad Organizada (JUNALCO) carecía de atribuciones para conocer el caso. No obstante, la Corte de Casación concluyó que la especialización de la jurisdicción no excluye su competencia cuando los hechos guardan relación directa con otras infracciones ya sometidas a la misma investigación.
El fallo precisó que la omisión de prestar auxilio y las conductas imputadas a los presuntos traficantes de personas presentan un vínculo de causalidad y un resultado común, al haber ocurrido en el mismo contexto temporal y geográfico. La Corte sostuvo que tales elementos justifican la existencia de una conexidad procesal que permite a la JUNALCO conocer de ambos conjuntos de hechos.
En un segundo aspecto, el demandante alegó irregularidades en una diligencia de registro efectuada en un establecimiento militar, argumentando que no constaban por escrito las requisiciones exigidas por el artículo 698-3 del Código de Procedimiento Penal. La Corte rechazó este argumento al considerar que la presencia de un representante de la autoridad militar durante la diligencia acreditaba la notificación previa y que la normativa no exige que dichas requisiciones se formalicen por escrito, salvo en casos excepcionales.
En consecuencia, el máximo tribunal francés confirmó la validez de las actuaciones y la competencia de la JUNALCO para continuar la investigación. El recurso fue definitivamente rechazado, y el solicitante fue condenado al pago de una suma de 2.500 euros en favor de las partes civiles representadas en la causa.
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