EDUCACIÓN INCLUSIVA EN COLOMBIA
Corte Constitucional de Colombia ampara derecho a una educación inclusiva de estudiante neurodivergente
Concluyó que una institución educativa y una secretaría de educación municipal vulneraron el derecho a la educación inclusiva de un estudiante, al no diseñar, implementar ni dar seguimiento oportuno al Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR). El fallo ordena actualizar el plan con la participación del estudiante, su familia y profesionales de la salud, y dispone medidas de apoyo institucional.

La Corte Constitucional de Colombia amparó los derechos de un adolescente diagnosticado con Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH) y síndrome de Asperger, en virtud de la acción de tutela interpuesta en contra de su institución educativa y una secretaría de educación municipal que vulneraron sus derechos. Así, la Corte constató omisiones en el diseño, implementación y seguimiento del Plan Individual de Ajustes Razonables (PIAR), concluyendo que se configuró una vulneración al derecho fundamental a la educación inclusiva.
La acción fue interpuesta por la madre del menor, quien alegó que la institución educativa desconoció las órdenes médicas y pedagógicas que exigían adaptar el proceso escolar a las necesidades específicas de su hijo. Según la demanda, la escuela elaboró distintos Planes Individuales de Ajustes Razonables (PIAR), pero sin garantizar la participación del núcleo familiar, ni de los docentes de las áreas en las que el estudiante requería mayor apoyo. Asimismo, sostuvo que los planes existentes trasladaban la responsabilidad casi en su totalidad a la familia, sin distribuir adecuadamente las obligaciones entre los docentes y la institución.
En el proceso judicial, la institución educativa defendió la validez de los PIAR elaborados y sostuvo que el estudiante no requería ajustes curriculares significativos, pues su rendimiento académico era alto. Por su parte, la Secretaría de Educación Municipal argumentó que había dispuesto apoyos profesionales y que existía un plan suscrito en 2024. No obstante, la Corte verificó que tales medidas fueron insuficientes, ya que no aseguraron la actualización oportuna del plan ni un acompañamiento efectivo que permitiera superar las barreras de inclusión escolar.
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