Junta en segunda convocatoria no estaba sujeta a quórum.
Acuerdos comunitarios adoptados con un solo voto emitido por un miembro de la junta de vecinos se ajustan a derecho, resuelve un tribunal español.
Según la norma, si a la reunión de la Junta no concurriesen, en primera convocatoria, la mayoría de los propietarios que representen, a su vez, la mayoría de las cuotas de participación se procederá a una segunda convocatoria de la misma, esta vez sin sujeción a "quórum." Por tanto, al haberse celebrado la Junta en segunda convocatoria, ésta no estaba sujeta a quórum.

Según la norma, si a la reunión de la Junta no concurriesen, en primera convocatoria, la mayoría de los propietarios que representen, a su vez, la mayoría de las cuotas de participación se procederá a una segunda convocatoria de la misma, esta vez sin sujeción a "quórum." Por tanto, al haberse celebrado la Junta en segunda convocatoria, ésta no estaba sujeta a quórum . . .
Te puede interesar
Suscribirme a Newsletter


