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Diario Constitucional

Negligencia en el ejercicio de la profesión.

Abogado debe indemnizar a clientes por no apelar un fallo adverso dictado contra sus representados, resuelve un tribunal español.

Es el abogado quien debe acreditar no solo que remitió el escrito del recurso a la procuradora, sino además que ésta efectivamente lo recibió, y, por otro lado, corresponde a esta última acreditar que no lo recibió por causas que no le son imputables, pero lo que no parece (ni es) de recibo es trasladar al cliente las consecuencias de la propia negligencia bien sea de uno, bien de otra, o bien de ambos.

Por Redacción·31 de agosto de 2024·1 min de lectura
imagen: eltiempo.com
Referencial

Es el abogado quien debe acreditar no solo que remitió el escrito del recurso a la procuradora, sino además que ésta efectivamente lo recibió, y, por otro lado, corresponde a esta última acreditar que no lo recibió por causas que no le son imputables, pero lo que no parece (ni es) de recibo es trasladar al cliente las consecuencias de la propia negligencia bien sea de uno, bien de otra, o bien de ambos . . .

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