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Diario Constitucional

Tribunal de Justicia de la Unión Europea

TJUE aclara uso del logotipo “bio” en medicamentos a base de plantas

Sentenció que, por norma general, los medicamentos tradicionales a base de plantas no pueden llevar el logotipo «bio» en su embalaje. Esta decisión afecta directamente a empresas que comercializan tisanas medicinales con certificación ecológica. Solo si se demuestra que la producción ecológica mejora las propiedades terapéuticas del producto, y se cuenta con aprobación oficial, podría permitirse dicha indicación. La normativa busca evitar inducir a error al consumidor sobre los beneficios sanitarios del origen ecológico.

Por Redacción·29 de junio de 2025·2 min de lectura
imagen: raed.academy
Referencial

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó, en el marco de una cuestión prejudicial, que los medicamentos tradicionales a base de plantas no pueden, en principio, comercializarse con el logotipo «bio» de la Unión Europea. Esta prohibición se debe a que dichos productos están regulados exclusivamente por la normativa farmacéutica de la UE, que no contempla el etiquetado ecológico. Solo en caso de que una autoridad competente determine que el origen ecológico de los ingredientes tiene un efecto terapéutico comprobado, podría autorizarse dicha indicación.

Una empresa alemana comercializa medicamentos a base de plantas, incluyendo una tisana de hojas de salvia cuyo embalaje incorpora el logotipo oficial de producción ecológica de la Unión Europea. La empresa planea extender este etiquetado a otros productos similares. En este contexto, una compañía competidora impugnó dicha práctica ante los tribunales alemanes, alegando que el Derecho de la Unión prohíbe el uso del logotipo «bio» en medicamentos.

Posteriormente, el tribunal nacional que conoce del caso remitió una cuestión prejudicial al TJUE para que este determinara la compatibilidad de este tipo de etiquetado con la normativa europea aplicable a los medicamentos y a la producción ecológica.

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