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Diario Constitucional

Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Salas de tribunales de segunda instancia deben dictar sus decisiones sin la intervención de mecanismos correctivos y de unificación de jurisprudencia para garantizar la independencia judicial, resuelve el TJUE.

La garantía de acceso a un tribunal independiente y establecido previamente por la ley implica que la sala del órgano jurisdiccional que esté a cargo del asunto adopte ella sola la resolución que ponga fin al proceso. La composición de las salas debe ser objeto de reglas transparentes y conocidas por los justiciables a fin de excluir cualquier injerencia indebida procedente de personas externas a la sala y ante las cuales las partes no hayan podido formular alegaciones.

Por Redacción·16 de julio de 2024·1 min de lectura
imagen: elperuano.pe
Referencial

La garantía de acceso a un tribunal independiente y establecido previamente por la ley implica que la sala del órgano jurisdiccional que esté a cargo del asunto adopte ella sola la resolución que ponga fin al proceso. La composición de las salas debe ser objeto de reglas transparentes y conocidas por los justiciables a fin de excluir cualquier injerencia indebida procedente de personas externas a la sala y ante las cuales las partes no hayan podido formular alegaciones . . .

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