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Diario Constitucional

Protección de datos personales.

Internauta alemán cuyos datos personales fueron transferidos a Estados Unidos tras visitar un sitio web de la Comisión Europea debe ser indemnizado, resuelve el Tribunal General de la Unión Europea.

La Comisión no ha demostrado, ni siquiera alegado, la existencia de una garantía adecuada, en particular de una cláusula tipo de protección de datos o de una cláusula contractual. La visualización del hipervínculo «conectarse con Facebook» en el sitio de Internet de EU Login se rige únicamente por las condiciones generales de la plataforma Facebook.

Por Redacción·10 de enero de 2025·3 min de lectura
imagen: googleusercontent
Referencial

El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) condenó a la Comisión Europea a indemnizar a un ciudadano alemán cuyos datos personales (dirección IP y otros) fueron compartidos sin autorización con empresas estadounidenses, tras visitar un sitio web vinculado al organismo comunitario. Dictaminó que el hombre sufrió daños y perjuicios inmateriales por un inadecuado tratamiento de sus datos personales, en contravención al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

El afectado alegó que, al visitar el sitio web de la Conferencia sobre el Futuro de Europa en 2021 y 2022, ciertos datos suyos, como la dirección IP e información sobre su navegador y terminal, fueron transferidos a empresas estadounidenses (Amazon Web Services y Meta), lo que consideró incompatible con el “bajo” nivel de protección de datos en Estados Unidos. Además, sostuvo que no se proporcionaron garantías adecuadas para justificar dichas transferencias.

También denunció la falta de respuesta de la Comisión a su solicitud de información sobre el tratamiento de sus datos, solicitando la anulación de las transferencias y una indemnización adicional de 800 euros. Adujo que su información podría ser utilizada indebidamente por los servicios de inteligencia estadounidenses, al haberse incurrido en una infracción al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), específicamente, en relación con las transferencias internacionales de datos y el derecho de acceso a la información.

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