Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
Consumidores que pagan anticipadamente un crédito hipotecario pueden recuperar parte de la comisión adeudada por la concesión del crédito, resuelve el TJUE.
A falta de información que permita determinar si los gastos en cuestión dependen o no de la duración del contrato, debe considerarse que sí lo hacen y que pueden ser objeto de una reducción en caso de reembolso anticipado. Pues bien, no parece que el banco haya facilitado a la consumidora esa información respecto de la comisión controvertida.

A falta de información que permita determinar si los gastos en cuestión dependen o no de la duración del contrato, debe considerarse que sí lo hacen y que pueden ser objeto de una reducción en caso de reembolso anticipado. Pues bien, no parece que el banco haya facilitado a la consumidora esa información respecto de la comisión controvertida . . .
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