Primera sala.
TC se pronunciará sobre la admisibilidad de un requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma de la Ley de Quiebras que autoriza notificación por el artículo 44 del CPC cuando el demandado no se encuentra en el lugar del juicio.
El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna lo dispuesto en la parte del inciso cuarto del artículo 45 de la Ley de Quiebras que autoriza a notificar la solicitud de quiebras, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, "aun cuando no se encuentre en…

El TC admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugna lo dispuesto en la parte del inciso cuarto del artículo 45 de la Ley de Quiebras que autoriza a notificar la solicitud de quiebras, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil, “aun cuando no se encuentre en el lugar del juicio”.
La gestión pendiente invocada incide en un juicio de quiebras de que conoce el Juzgado de Letras de La Ligua, en el cual se encuentra . . .
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