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Diario Constitucional

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TC rechazó requerimiento de inaplicabilidad del Rector de Universidad de Chile que impugnaba norma de la Ley de Transparencia.

El TC rechazó el requerimiento interpuesto por el Rector de la Universidad de Chile mediante el cual solicitó declarar inaplicable parte del inciso primero del artículo 2º de la Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública. La gestión pendiente en que el requerimiento incide, corresponde a un recurso de queja interpuesto ante la…

Por diarioconstitucional·21 de noviembre de 2011·10 min de lectura
TC rechazó requerimiento de inaplicabilidad del Rector de Universidad de Chile que impugnaba norma de la Ley de Transparencia.
Referencial

El TC rechazó el requerimiento interpuesto por el Rector de la Universidad de Chile mediante el cual solicitó declarar inaplicable parte del inciso primero del artículo 2º de la Ley Nº 20.285, sobre Acceso a la Información Pública.

La gestión pendiente en que el requerimiento incide, corresponde a un recurso de queja interpuesto ante la Corte Suprema en contra de los ministros y abogado integrante de una Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que desecharon un reclamo de ilegalidad interpuesto por esa Casa de Estudios en contra de la decisión del Consejo para la Transparencia que acogió la solicitud de un alumno de derecho al que se le había negado el acceso a “las Actas de la Comisión Ad-Hoc del claustro de la Facultad” y a “la nómina del personal que desempeña sus funciones en la Facultad de Derecho”, incluyendo la “remuneración, beneficios, función, cargo, grado y la fecha de inicio de sus funciones”.

La Corporación Universitaria sostiene que no reúne la calidad de órgano y servicio público creado para el cumplimiento de las funciones administrativas y, por consiguiente, no puede ejercerse a su respecto el derecho de acceso a la información, ya que es un órgano del Estado al se le aplica la figura del inciso cuarto del artículo 2 de la Ley N°20.285, esto es, se rige por lo que dispone su propia ley orgánica.

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