En votación dividida.
TC rechazó acción de inaplicabilidad de norma del Código Procesal Penal referida a la formalización de la investigación por el ofendido y querellante. Se aplica principio de interpretación conforme a la Constitución.
Es el juez de garantía el responsable, en último término, de cautelar, en forma igualitaria, los derechos de los diversos intervinientes en el proceso penal, entre ellos, los de la víctima y querellante, lo que exige interpretar el artículo 186 de un modo de no reducir exclusivamente al imputado las facultades que en él se contienen.

Es el juez de garantía el responsable, en último término, de cautelar, en forma igualitaria, los derechos de los diversos intervinientes en el proceso penal, entre ellos, los de la víctima y querellante, lo que exige interpretar el artículo 186 de un modo de no reducir exclusivamente al imputado las facultades que en él se contienen . . .



