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Diario Constitucional

En votación dividida.

TC rechazó acción de inaplicabilidad de norma del Código Procesal Penal referida a la formalización de la investigación por el ofendido y querellante. Se aplica principio de interpretación conforme a la Constitución.

Es el juez de garantía el responsable, en último término, de cautelar, en forma igualitaria, los derechos de los diversos intervinientes en el proceso penal, entre ellos, los de la víctima y querellante, lo que exige interpretar el artículo 186 de un modo de no reducir exclusivamente al imputado las facultades que en él se contienen.

Por diarioconstitucional·11 de octubre de 2010·1 min de lectura
TC rechazó acción de inaplicabilidad de norma del Código Procesal Penal referida a la formalización de la investigación por el ofendido y querellante. Se aplica principio de interpretación conforme a la Constitución.
Referencial

Es el juez de garantía el responsable, en último término, de cautelar, en forma igualitaria, los derechos de los diversos intervinientes en el proceso penal, entre ellos, los de la víctima y querellante, lo que exige interpretar el artículo 186 de un modo de no reducir exclusivamente al imputado las facultades que en él se contienen . . .

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