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Diario Constitucional

En votación dividida.

TC rechazó acción de inaplicabilidad de norma de la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones que incide en reajustabilidad de la indemnización definitiva que se otorgue para resarcir el daño patrimonial efectivamente causado.

La sentencia, en sucesivos apartados, examina la expropiación en nuestro sistema constitucional, la relevancia de la indemnización y la fórmula nacional de la indemnización -daño patrimonial efectivamente causado- que establece el texto constitucional.

Por diarioconstitucional·20 de diciembre de 2010·3 min de lectura
TC rechazó acción de inaplicabilidad de norma de la Ley Orgánica de Procedimiento de Expropiaciones que incide en reajustabilidad de la indemnización definitiva que se otorgue para resarcir el daño patrimonial efectivamente causado.
Referencial

El reproche se hace consistir en que el precepto legal, en el sentido que ha sido aplicado, impone una diferencia arbitraria, porque mientras dispone la reajustabilidad para las sumas que ha pagado el Fisco por concepto de indemnización provisoria -y que se imputan al capital adeudado-, no hace lo mismo con las cantidades que el Estado deba pagar a título de indemnización definitiva. Al sujeto expropiado no se le indemnizaría así el daño patrimonial efectivamente causado al no actualizarse el valor de lo adeudado, expresa el requirente, lo que produciría a su respecto resultados contrarios a la igualdad ante la ley y al derecho de propiedad en la gestión pendiente que invoca.

La impugnación fue desestimada, con el voto en contra de los Ministros de los Ministros Bertelsen, Vodanovic y Viera-Gallo, quienes estuvieron por acoger el recurso.

La sentencia, en sucesivos apartados, examina la expropiación en nuestro sistema constitucional, la relevancia de la indemnización y la fórmula nacional de la indemnización -daño patrimonial efectivamente causado- que establece el texto constitucional.

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