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Por no presentado.

TC no admitió a trámite inaplicabilidad que impugnaba normas del Código Tributario.

El TC no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba los artículos 53, inciso tercero, y 192 del Código Tributario, y artículo 5° de la Ley N° 20.630.La gestión pendiente invocada incide en autos administrativos de la Tesorería Regional de Concepción, de que conoce vía recurso de hecho actualmente la Corte de Apelaciones…

Por diarioconstitucional·02 de septiembre de 2013·1 min de lectura
TC no admitió a trámite inaplicabilidad que impugnaba normas del Código Tributario.
Referencial

El TC no admitió a trámite un requerimiento de inaplicabilidad que impugnaba los artículos 53, inciso tercero, y 192 del Código Tributario, y artículo 5° de la Ley N° 20.630.La gestión pendiente invocada incide en autos administrativos de la Tesorería Regional de Concepción, de que conoce vía recurso de hecho actualmente la Corte de Apelaciones de Concepción.En su resolución, la Magistratura Constitucional arguyó, en esencia, que, de conformidad a los antecedentes que . . .

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