Segunda sala.
TC no admitió a trámite acción de inaplicabilidad que impugna normas de la Ley de Isapre que entraron en vigencia con posterioridad a la suscripción del contrato de salud.
La Sala designa por el Presidente del Tribunal ordenó que, previo a resolver sobre la admisión a trámite de la acción de inaplicabilidad deducida, el requirente acompañara copia del contrato de salud previsional que suscribió con la Isapre, lo que fue cumplido, observándose que el referido contrato es de mayo del año 2001.

La Sala designa por el Presidente del Tribunal ordenó que, previo a resolver sobre la admisión a trámite de la acción de inaplicabilidad deducida, el requirente acompañara copia del contrato de salud previsional que suscribió con la Isapre, lo que fue cumplido, observándose que el referido contrato es de mayo del año 2001 . . .



