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Diario Constitucional

Por unanimidad.

TC declara admisible inaplicabilidad que impugna norma de Ley de Acceso a la Información Pública que establece la publicidad de la información en poder de la Administración del Estado.

Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Por Montserrat Verdugo·06 de octubre de 2020·1 min de lectura
Tribunal Constitucional
Referencial

Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación . . .

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