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Segunda sala.

TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas del Código de Justicia Militar.

La gestión pendiente incide en los autos seguidos en el Juzgado Naval de la Primera Zona Naval.

Por diarioconstitucional·13 de octubre de 2014·1 min de lectura
TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas del Código de Justicia Militar.
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La gestión pendiente incide en los autos seguidos en el Juzgado Naval de la Primera Zona Naval . . .

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