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Diario Constitucional

Segunda sala.

TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma del Código de Procedimiento Civil.

La gestión pendiente incide en autos sobre ejecución de una sentencia de indemnización de perjuicios, respecto de la cual se dedujo casación en el fondo, el que no fue concedido.

Por diarioconstitucional·17 de marzo de 2016·1 min de lectura
TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma del Código de Procedimiento Civil.
Referencial

La gestión pendiente incide en autos sobre ejecución de una sentencia de indemnización de perjuicios, respecto de la cual se dedujo casación en el fondo, el que no fue concedido . . .

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