12°C ·Santiago·09 de septiembre de 2026
Diario Constitucional

Segunda sala.

TC deberá resolver si acoge a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma de la ley que regula el derecho de obtentores de nuevas variedades vegetales en aquella parte que prohíbe registrar como marca comercial el nombre de una variedad.

Se solicitó declarar inaplicable el inciso final del artículo 21 de la Ley Nº 19.342, que regula el derecho de obtentores de nuevas variedades vegetales, en la gestión pendiente invocada, un recurso de casación interpuesto ante la Corte Suprema. La citada disposición legal señala: “El obtentor deberá proponer un nombre para la variedad, el que…

Por diarioconstitucional·17 de noviembre de 2010·1 min de lectura
Tribunal Constitucional
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable el inciso final del artículo 21 de la Ley Nº 19.342, que regula el derecho de obtentores de nuevas variedades vegetales, en la gestión pendiente invocada, un recurso de casación interpuesto ante la Corte Suprema.

La citada disposición legal señala:

“El obtentor deberá proponer un nombre para la variedad, el que será su designación genérica. En particular, deberá ser diferente de cualquiera denominación que designe una variedad preexistente de la misma especie botánica o de una especie semejante.

Balstate

Te puede interesar