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Diario Constitucional

Segunda sala.

TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna normas del Código Tributario.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, parte del inciso segundo del artículo 24 y el inciso final del artículo 201, ambas normas contenidas en el Código Tributario. Los preceptos cuestionados disponen: “Sin embargo, si el contribuyente hubiere deducido reclamación, los impuestos y multas correspondientes a la parte reclamada de la liquidación se girarán sólo una…

Por diarioconstitucional·11 de octubre de 2012·1 min de lectura
Tribunal Constitucional.
Referencial

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, parte del inciso segundo del artículo 24 y el inciso final del artículo 201, ambas normas contenidas en el Código Tributario.

Los preceptos cuestionados disponen: “Sin embargo, si el contribuyente hubiere deducido reclamación, los impuestos y multas correspondientes a la parte reclamada de la liquidación se girarán sólo una vez que la Dirección Regional se haya pronunciado sobre el reclamo o deba éste entenderse rechazado de conformidad al artículo 135º o en virtud de otras disposiciones legales” y “Los plazos establecidos en el presente art . . .

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