Segunda sala.
TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad de normas incautación de bienes por parte del Servicio de Aduanas.
La primera de las normas impugnadas de la Ley Orgánica de Aduanas establece la facultad del Director Nacional de Aduanas de interpretar administrativamente las normas del sector; mientras que la segunda establece la facultad de esta autoridad de "ordenar la entrada, registro e incautaciones en los lugares en que se encuentre o se presuma fundadamente…

La primera de las normas impugnadas de la Ley Orgánica de Aduanas establece la facultad del Director Nacional de Aduanas de interpretar administrativamente las normas del sector; mientras que la segunda establece la facultad de esta autoridad de “ordenar la entrada, registro e incautaciones en los lugares en que se encuentre o se presuma fundadamente que se encuentran las mercancías a fiscalizar”, en el ejercicio de sus facultades de fiscalización. A su turno, las normas impugnadas de la Ordenanza de Aduanas declaran la propiedad del Estado, para el solo efecto de . . .
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