Segunda sala.
TC deberá pronunciarse si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma del CC que restringe el ejercicio de la acción de reclamación de la paternidad.
Se solicitó por parte de un juez declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículos 272 del Código Civil, existente antes de la vigencia de la Ley N° 10.271, de abril de 1952. La norma impugnada, ubicada en el Libro I Título XII “De los Hijos Naturales” disponía: “El reconocimiento deberá hacerse por instrumento público entre vivos,…

Se solicitó por parte de un juez declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículos 272 del Código Civil, existente antes de la vigencia de la Ley N° 10.271, de abril de 1952.
La norma impugnada, ubicada en el Libro I Título XII “De los Hijos Naturales” disponía: “El reconocimiento deberá hacerse por instrumento público entre vivos, o por acto testamentario”.
La gestión pendiente invocada incide en un juicio de reclamación de la filiación no matrimonial seguido ante el Tercer Juzgado de Familia de Santiago, encontrándose la causa en la etapa de . . .



