Segunda sala.
TC deberá pronunciarse si acoge a tramitación requerimientos de inaplicabilidad referido a norma derogada sobre rentas de prácticos de puerto.
Se dedujeron dos requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso final del numeral 1° del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, en su texto anterior a la entrada en vigencia de la Ley N° 20.219.El precepto cuya aplicación se impugna dispone: "Se incluyen en este número las rentas que obtengan,…

Se dedujeron dos requerimientos de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del inciso final del numeral 1° del artículo 42 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, en su texto anterior a la entrada en vigencia de la Ley N° 20.219.El precepto cuya aplicación se impugna dispone: “Se incluyen en este número las rentas que obtengan, en su calidad de tales, los prácticos de puertos y canales autorizados por la Dirección del Litoral y de la Marina Mercante”.Las gestiones pendientes invocadas inciden en . . .



