Con suspensión.
TC admitió a trámite inaplicabilidad solicitada por empresa que impugna norma del Código del Trabajo en caso en el que fue demandada solidariamente en régimen de subcontratación, por incumplimientos a obligaciones laborales y previsionales.
En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

En el caso que se declare admisible, le corresponderá luego al Tribunal Pleno emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación . . .


