Ilícito constitucional.
Reportaje: La cesación del cargo de un parlamentario y la apreciación en conciencia del Tribunal Constitucional.
Nuestra Carta Política no describe o no tipifica la conducta que puede ser imputada como incitación a la alteración del orden público, por lo que la Magistratura Constitucional debe apreciar en conciencia todos los medios de prueba que se presentan.

Nuestra Carta Política no describe o no tipifica la conducta que puede ser imputada como incitación a la alteración del orden público, por lo que la Magistratura Constitucional debe apreciar en conciencia todos los medios de prueba que se presentan . . .
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