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Recurso de Nulidad

Recurso de nulidad rechazado por Corte de Valparaíso.

Impugnación cuestiona la constitucionalidad de la normativa aplicable y no los errores o infracciones en su aplicación, lo que no es motivo de nulidad penal.

La causal de infracción de ley que se invoca como motivo anulatorio, tiene por objeto fijar el recto sentido u alcance de las normas que se dicen afectadas, ya sea porque se desatienden en un caso previsto por ellas; como cuando en su interpretación el juez contraviene fundamentalmente su texto; o cuando les da un alcance distinto, ya sea ampliando o restringiendo sus disposiciones.

Por Francisca Barrios Benavente·23 de enero de 2025·3 min de lectura
Si no existió mayor extensión del mal causado corresponde aplicar la pena en el piso del grado y no en su tramo superior.
Imagen referencial

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó el recurso de nulidad interpuesto en contra de la sentencia del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, que condenó al acusado a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito de huir del lugar sin prestar auxilio a la víctima ni denunciar accidente de tránsito a la autoridad, con resultado de muerte. La pena fue sustituida por la libertad vigilada intensiva por el mismo periodo de la pena corporal, la que quedó en suspenso por un año.

El recurrente alegó que se falló con errónea aplicación del derecho, ya que de acuerdo al artículo 196 ter de la Ley N°18.290, a pesar de que la pena corporal fue sustituida por la libertad vigilada intensiva, ésta quedará en suspenso por el periodo de un año, lo que vulnera los artículos 1.1 y 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que consagran los principios de igualdad y no discriminación, al imponer una restricción desproporcionada e incompatible con la finalidad de reinserción social de las penas sustitutivas.

Aduce que, es contradictorio y contrario a derecho exigir el cumplimiento carcelario de una pena sustitutiva diseñada para ejecutarse en libertad, por lo que solicitó declarar la nulidad de la sentencia en la parte impugnada y dictar una de reemplazo que aplique la pena sustitutiva sin la exigencia del artículo 196 ter.

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