“Naín-Retamal 2.0”
Proyecto extiende legítima defensa privilegiada a funcionarios de franco y avanza al Senado
El proyecto denominado “Naín-Retamal 2.0”, que busca ampliar la protección jurídica de funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que actúen en defensa propia o de terceros mientras se encuentran de franco, inició su segundo trámite constitucional en el Senado.

El proyecto denominado “Naín-Retamal 2.0”, que busca ampliar la protección jurídica de funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que actúen en defensa propia o de terceros mientras se encuentran de franco, inició su segundo trámite constitucional en el Senado.
La iniciativa fue derivada a la Comisión de Constitución de la Cámara Alta, luego de que la Sala tomara conocimiento de su ingreso. El proyecto tuvo su origen en una moción presentada por diputadas y diputados, entre cuyos autores se encuentran actualmente los senadores Miguel Becker y Andrés Longton.
La propuesta busca modificar el artículo 10, numeral 6, del Código Penal, referido a la legítima defensa privilegiada, para extender su aplicación a funcionarios de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública que, encontrándose de franco, repelan o impidan una agresión que pueda afectar gravemente su integridad física, su vida o la de un tercero, utilizando armas u otros medios de defensa.
Según sus autores, la Ley Naín-Retamal otorgó una mayor protección jurídica a funcionarios de Carabineros, la Policía de Investigaciones, Gendarmería y las Fuerzas Armadas durante el ejercicio de sus funciones. Sin embargo, sostienen que el tenor literal de la normativa deja fuera a quienes intervienen mientras están de franco, exclusión que consideran indeseada debido a que existen numerosos casos en que funcionarios, especialmente policiales, repelen o previenen ataques fuera de su turno o de una asignación de servicio.
La legítima defensa privilegiada contempla una presunción respecto del cumplimiento de los requisitos legales para el uso de la fuerza, de modo que corresponde acreditar lo contrario para desvirtuarla.
En concreto, el proyecto propone incorporar al párrafo tercero del numeral 6 del artículo 10 del Código Penal una disposición que establezca que esta presunción también será aplicable al funcionario de las Fuerzas Armadas o de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública que, estando de franco, repela o impida una agresión capaz de afectar gravemente su integridad física, su vida o la de un tercero, mediante el empleo de armas o cualquier otro medio de defensa.
Vea texto mociónBoletín N°16.300-07 y siga su tramitación aquí.
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