Legislativo
En segundo trámite en el Senado
Proyecto de ley que agiliza permisos de edificación y urbanización queda listo para ser votado en el Senado
La iniciativa, que modifica la Ley General de Urbanismo y Construcciones, fue despachada por la Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado e introduce cambios en plazos, responsabilidades profesionales y mecanismos de reclamación administrativa y judicial para acelerar la tramitación de permisos.

El proyecto de ley que modifica el DLF N° 458, de 1975, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que aprueba la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), iniciado por moción de autoría del diputado Juan Fuenzalida y patrocinado por los diputados Felipe Donoso, Tomás Hirsch, Jorge Saffirio y Héctor Ulloa, junto a las diputadas Danisa Astudillo, Emilia Nuyado y Marcia Raphael, busca modificar distintos textos legales para agilizar la obtención de permisos de urbanización y edificación.
La Comisión de Vivienda y Urbanismo del Senado –que actúa como Cámara Revisora- evacuó el segundo informe, por lo que el proyecto de ley quedó en condiciones de ser votado en la Sala.
De acuerdo al texto aprobado por la Comisión, la iniciativa introduce cambios estructurales en la tramitación de permisos, fortalece la responsabilidad de profesionales y técnicos, ajusta plazos para Direcciones de Obras Municipales y Secretarías Regionales Ministeriales, y precisa los mecanismos de reclamación administrativa y judicial en materia urbanística.
En primer lugar, se refuerza la responsabilidad de los profesionales y técnicos que elaboran proyectos de especialidades, estableciendo expresamente que deberán cumplir todas las normas aplicables y responder por los errores que causen daños o perjuicios. Esta responsabilidad se extiende también a los técnicos que actúen en la elaboración de dichos proyectos.
En materia de permisos de edificación, se reducen y ordenan los plazos que tienen las Direcciones de Obras Municipales para pronunciarse. El plazo general baja a 25 días hábiles, y se establece un plazo menor —de 15 días hábiles— cuando el proyecto cuenta con informe favorable de un revisor independiente. Para proyectos de gran tamaño, los plazos se ajustan según su complejidad, y se fijan reglas especiales para obras menores y autorizaciones de fusión.
Además, se introduce un control temprano de admisibilidad: el Director de Obras Municipales deberá revisar, dentro de los primeros cinco días hábiles, si la solicitud cumple formalmente con los requisitos exigidos. Si no lo hace, deberá declararla inadmisible mediante resolución fundada; de lo contrario, la solicitud se entenderá válidamente ingresada a trámite.
La Comisión también aprobó cambios relevantes en materia de reclamaciones. Se precisan los plazos y las personas que pueden reclamar contra decisiones de las Direcciones de Obras Municipales, se fija un plazo máximo para que las Secretarías Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo resuelvan, y se establecen reglas claras sobre los efectos de sus decisiones, incluyendo la posibilidad de ordenar la concesión de permisos.
En cuanto al control judicial, se fortalecen las facultades de las Cortes de Apelaciones, que podrán dejar sin efecto los actos ilegales, ordenar la dictación de nuevas resoluciones, pronunciarse sobre indemnizaciones de perjuicios y remitir antecedentes al Ministerio Público cuando detecten eventuales delitos. Asimismo, se establece que, una vez declarada la ilegalidad, esta no podrá volver a discutirse en juicios posteriores.
Finalmente, se ajustan normas sobre recepciones definitivas de obras, informes de mitigación y publicidad visible desde espacios públicos, y se aclara que las nuevas reglas solo se aplicarán a solicitudes y reclamaciones presentadas con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley, manteniéndose los procedimientos ya iniciados bajo la normativa anterior.
El proyecto contempla disposiciones transitorias que disponen que la ley entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial y que las modificaciones solo serán aplicables a solicitudes de permisos, autorizaciones y reclamaciones que se presenten con posterioridad a dicha fecha, manteniéndose la tramitación de los procedimientos ya iniciados conforme a la normativa vigente al momento de su presentación.
Vea texto moción Boletín N.º 17.287-14 y siga su tramitación aquí.
Temas
Te puede interesar

Legislativo
Nueva ley exige informes de equidad de género en empresas

Legislativo
Proyecto propone ofrecer la escucha de la actividad cardíaca antes del aborto e incorpora una causal de negativa médica

Legislativo
Proyecto busca sancionar el reclutamiento de menores por asociaciones delictivas y criminales
Newsletter
Lo esencial del derecho, cada mañana
Fallos, proyectos de ley y análisis seleccionados por la redacción. Gratis en su correo.