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Legislativo

Ley Nº21.758

Nuevas medidas para enfrentar emergencias hídricas y catástrofes en el sector agrícola

Comisión Nacional de Riego podrá implementar mecanismos excepcionales para mitigar efectos de desastres naturales

Por Elke von Loebenstein·21 de agosto de 2025·2 min de lectura
Imagen: radioudec.cl
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La Ley Nº21.758, que modifica la Ley N°18.450, que aprueba normas para el fomento de la inversión privada de obras de riego y drenaje, para facilitar su aplicación en casos de catástrofes y emergencias que se indican, fue publicada el 9 de agosto pasado en el Diario Oficial.

La iniciativa legal sustituye el inciso final del artículo 3 de la Ley Nº 18.450 por nuevos incisos para conferirle nuevas atribuciones a la Comisión Nacional de Riego para enfrentar situaciones de emergencia que afecten al sector agrícola y la infraestructura de riego en Chile.

Según la nueva normativa, en casos de escasez hídrica extrema o daños a la infraestructura de riego causados por catástrofes naturales, la Comisión podrá establecer mecanismos y exigencias especiales para mitigar los efectos adversos y restablecer los servicios de manera oportuna.

Estas medidas excepcionales se aplicarán cuando:

– El Presidente de la República decrete estado de excepción constitucional de catástrofe.

– Se declaren zonas afectadas por sismos o catástrofes según el decreto N° 104 de 1977.

– El Ministerio de Agricultura declare una emergencia agrícola en comunas específicas.

Es importante destacar que estas nuevas facultades no permitirán modificar los porcentajes máximos de bonificación ni los requisitos para el pago establecidos en la ley actual.

Para las emergencias agrícolas declaradas por el Ministerio de Agricultura, se requerirá un informe técnico de la Comisión que acredite la afectación a la infraestructura de riego. Además, los proyectos previamente financiados que se vean afectados por estas situaciones no estarán sujetos a los plazos habituales.

La implementación de estas medidas excepcionales deberá ser presentada ante el Consejo de Ministros de la Comisión Nacional de Riego y, en casos de declaración de zona afectada por sismo, catástrofe o emergencia agrícola, se requerirá la autorización previa de la Dirección de Presupuestos.

Esta nueva normativa busca proporcionar una respuesta más ágil y efectiva a las emergencias que afecten al sector agrícola, permitiendo una mejor adaptación a las condiciones adversas y una recuperación más rápida de la infraestructura de riego en situaciones críticas.

Vea texto Ley Nº 21.758.

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