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Diario Constitucional

Ley Nº 21.394.

Las partes podrán comparecer a la audiencia que se verifique presencialmente ante el Juez de Policía Local por vía remota mediante videoconferencia.

Pueden solicitarlo si cuentan con los medios idóneos y si dicha forma de comparecencia resultare eficaz y no causare indefensión. Pero la absolución de posiciones, las declaraciones de testigos y otras actuaciones que el juez determine, sólo podrán rendirse en dependencias del tribunal que conoce de la causa o del tribunal exhortado.

Por Tomás Shejade Fuentes·01 de diciembre de 2021·1 min de lectura
Acuerdo reparatorio. La víctima puede solicitar al juez el cumplimiento de las obligaciones contraídas o que se deje sin efecto y se oficie al Ministerio Público a fin de reiniciar la investigación penal.
Referencial

Pueden solicitarlo si cuentan con los medios idóneos y si dicha forma de comparecencia resultare eficaz y no causare indefensión. Pero la absolución de posiciones, las declaraciones de testigos y otras actuaciones que el juez determine, sólo podrán rendirse en dependencias del tribunal que conoce de la causa o del tribunal exhortado . . .

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