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Legislativo

Ley N° 21.442, de Copropiedad Inmobiliaria

Diputados proponen sanciones más duras para administradores de condominios que malversen, se apropien o incurran en administración negligente de fondos comunes

El proyecto de ley tipifica como falta grave el mal uso, apropiación indebida o administración negligente de fondos comunes. Establece una inhabilitación de 5 años para ejercer cargos directivos en cualquier comunidad de copropietarios, sin perjuicio de acciones civiles y penales. Busca garantizar transparencia y responsabilidad en la gestión de condominios, fortalecer la confianza de los copropietarios, garantizar una administración integra y responsable, y asegurar la protección del patrimonio común ante posibles actos de corrupción o negligencia.

Por Elke von Loebenstein·08 de septiembre de 2025·3 min de lectura
Imagen: novagestioncondos.com
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La moción, patrocinada por los Diputados Felipe Camaño, Ricardo Cifuentes (A), Jaime Naranjo, Alberto Undurraga, junto a la Diputada Mónica Arce, busca modificar la ley N° 21.442, de Copropiedad Inmobiliaria, para sancionar el mal uso, apropiación indebida o administración negligente de recursos provenientes del pago de las obligaciones económicas.

tiene por objetivo establecer sanciones para los casos en que administradores hagan mal uso del dinero correspondiente a las obligaciones económicas conforme a lo establecido por la Ley de Copropiedad Inmobiliaria número 21.442.

Exponen los autores de la moción que La Ley de Copropiedad Inmobiliaria establece un marco normativo para condominios, unidades y bienes de dominio común. De acuerdo con esta legislación, todo condominio será administrado por una persona natural o jurídica designada inicialmente por el propietario del condominio, posteriormente, por la asamblea de copropietarios. El ente administrador será responsable de cumplir y ejecutar las labores de administración del condominio conforme a las disposiciones de la ley, entre las cuales está la recaudación de montos correspondientes a las obligaciones económicas, el manejo contable del condominio e informar al comité de administración las gestiones realizadas por el cobro de dichas obligaciones.

Agregan que, la Ley de Copropiedad Inmobiliaria establece un régimen de infracciones y sanciones para los administradores de condominios, especialmente aquellas referidas a sus funciones. Clasifica las infracciones en cuatro categorías de gravedad. En primer lugar, las infracciones gravísimas, que incluyen el actuar como administrador estando inhabilitado, proporcionar información falsa para inscribirse en el Registro Nacional, aportar datos falsos sobre la administración del condominio, ser condenado por responsabilidades civiles o penales derivadas de la administración, entre otras. Luego las infracciones graves, que comprenden el incumplimiento de obligaciones de seguridad que no causen daños a terceros, y no dar cumplimiento a la obligación de rendir cuenta documentada de su gestión. Por último, las infracciones leves corresponden al incumplimiento de obligaciones como recaudar y administrar los recursos del condominio, y cobrar y recaudar multas, entre otras.

Agregan que, si bien las sanciones contempladas en la ley abordan temas relacionados a las obligaciones económicas, no se incluye ninguna sanción especifica frente al mal uso o la malversación de fondos comunes. Existe un vacío normativo, dado que no se establecen medidas de largo plazo que sancionen estos actos, ni mecanismos para impedir que quienes incurran en estas faltas continúen ejerciendo funciones administrativas en otros condominios.

Por lo anterior, sostienen que resulta necesario modificar la normativa vigente y establecer sanciones para los casos en que administradores hagan mal uso del dinero correspondiente a las obligaciones económicas conforme a lo establecido por la Ley de Copropiedad, a fin de sancionar a los administradores que hayan cometido malversación de fondos comunes, para con esta medida contribuir a fortalecer la confianza de los copropietarios, garantizar una administración integra y responsable, y asegurar la protección del patrimonio común ante posibles actos de corrupción o negligencia.

El proyecto de ley busca modificar entonces, Ley Nº 21.442, que aprueba la Nueva ley de Copropiedad Inmobiliaria, para tipificar como falta grave el mal uso de obligaciones económicas, la apropiación indebida de fondos y la administración negligente de las finanzas, sancionando al administrador o cualquier miembro de la directiva responsable con la inhabilitación para ejercer cargos directivos o de administración en cualquier comunidad de copropietarios por el lapso de 5 años, lo que no excluye posibles acciones civiles y penales

Con ello, se busca proteger los intereses económicos de la comunidad de copropietarios y asegurar una gestión responsable de sus recursos.

El proyecto de ley, que cumple su primer trámite constitucional en la Cámara de Diputadas y Diputados, pasó para su estudio e informe a la Sala de la Corporación a su Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano.

Vea texto moción Boletín 17805-14 y siga su tramitaciónaquí.

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