No se acreditaron indicios de laboralidad.
Juzgado del Trabajo de Santiago rechazó acción de tutela laboral y declaró que no existe relación laboral entre Pedidos Ya y sus repartidores.
La sentenciadora determinó que la vinculación de las partes era de carácter civil.

La sentenciadora determinó que la vinculación de las partes era de carácter civil . . .
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