Recurso de casación en el fondo
Hospital incurre en falta de servicio al emitir diagnóstico erróneo de cáncer y someter a paciente a tres sesiones de quimioterapia innecesarias.
Existe así una falta de servicio evidente puesto que la actividad esperable de una institución sanitaria ante tan grave enfermedad no fue desplegada, por el contrario, queda en evidencia un funcionamiento defectuoso, sin que pueda calificarse la conducta desplegada por los profesionales médicos que atendieron al actor como ajustada a la lex artis médica.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en el fondo interpuesto en contra de la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que confirmó el fallo de base que rechazó la demanda de indemnización de perjuicios.
La causa versa sobre una demanda de indemnización de perjuicios interpuesta por un paciente y su familia contra el Fisco de Chile, fundada en la falta de servicio del Hospital Militar de Santiago, debido a un diagnóstico erróneo de cáncer a las vías biliares. Como resultado de dicho diagnóstico, el paciente fue sometido a tres ciclos de quimioterapia innecesarios antes de que se rectificara su condición como una patología benigna. La demandante argumentó que la equivocación causó daño moral y emergente, por lo que solicita una indemnización de $505.000.000.-. En su defensa, el Fisco sostuvo que el diagnóstico inicial se basó en la complejidad del cuadro clínico del paciente y que la atención médica se ajustó a la lex artis, por lo que no existiría falta de servicio ni relación causal con el daño alegado.
El tribunal de primera instancia rechazó la demanda, al considerar que el cambio de diagnóstico fue resultado de procedimientos médicos adecuados y dentro de plazos razonables.


