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Judicial

Exequátur

Corte Suprema reconoce validez de testamento otorgado en Canadá

La sentencia extranjera legaliza el testamento de la causante y permite que su hermana gestione la posesión efectiva de los bienes situados en Chile

Por Benjamín Ruz Ruz·15 de febrero de 2026·2 min de lectura
imagen: confilegal.com
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La Corte Suprema acogió la solicitud de exequátur y autorizó el cumplimiento en Chile de la sentencia dictada el 27 de abril de 2022 por el Tribunal Superior del Distrito de Montreal, Provincia de Quebec, Canadá, que legalizó el testamento otorgado por la causante el 20 de junio de 2013.

Esta falleció el 17 de febrero de 2022 en Montreal, en estado de viudez y sin descendientes ni ascendientes, hecho que fue inscrito en el Registro de Defunciones del Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile.

La sentencia extranjera reconoce como única heredera a su hermana, situación que hace necesario el exequátur para gestionar la posesión efectiva de los bienes en territorio nacional.

El Fiscal Judicial (s) de la Corte emitió un dictamen favorable, señalando que la sentencia canadiense cumple con los requisitos del artículo 245 del Código de Procedimiento Civil, al no contener disposiciones contrarias a las leyes chilenas, no afectar la jurisdicción nacional, haber sido ejecutoriada conforme a la legislación canadiense y respetar la debida notificación a las partes involucradas.

La Corte recordó que, aunque Chile no reconoce la validez de los testamentos ológrafos otorgados en el país, el artículo 1027 del Código Civil admite la eficacia de los otorgados en jurisdicciones donde esta forma es válida, como en Canadá. En este caso, el testamento fue escrito, firmado y datado de puño y letra por la causante, cumpliendo así las formalidades exigidas por la legislación canadiense.

Asimismo, la Corte precisó que la ejecución patrimonial de los bienes situados en Chile se regirá por la normativa nacional, respetando los procedimientos establecidos para la posesión efectiva y la inscripción especial de herencia.

En consecuencia, autorizó la solicitud de exequátur y el cumplimiento en Chile de la sentencia canadiense que valida el testamento de la causante, permitiendo a su hermana iniciar los trámites correspondientes ante los tribunales nacionales para ejercer la posesión de los bienes heredados.

Vea sentencia Corte Suprema Rol N° 37.491-2025.

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