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Diario Constitucional

CORTE RECHAZA INDEMNIZACIÓN

Corte Suprema rechaza indemnización por error judicial en caso de prisión preventiva

La absolución posterior no convierte automáticamente la prisión preventiva en injustificadamente errónea o arbitraria. Existen diferentes estándares probatorios para la prisión preventiva y la sentencia condenatoria. Había múltiples antecedentes que justificaban la medida cautelar en su momento. Las inconsistencias en los testimonios se evidenciaron durante el juicio oral, no en la etapa de investigación.

Por Redacción·18 de junio de 2025·3 min de lectura
Imagen: Senado
Referencial

La Corte Suprema rechazó una solicitud de declaración previa para ejercer la acción de indemnización de perjuicios por error judicial, presentada por un imputado que estuvo en prisión preventiva durante 1054 días antes de ser absuelto del delito de homicidio simple.

El máximo Tribunal consideró que las resoluciones que decretaron y mantuvieron la prisión preventiva no pueden calificarse como «injustificadamente erróneas o arbitrarias», requisito necesario para proceder con la indemnización, según el artículo 19 N° 7, letra i) de la Constitución Política.

La Corte distingue entre los estándares probatorios requeridos para decretar prisión preventiva y para dictar sentencia condenatoria, diferenciación crucial para evaluar si hubo un error judicial injustificadamente erróneo o arbitrario en la aplicación de la prisión preventiva.

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