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Judicial

Contratación pública

Corte de Santiago confirma inadmisibilidad de oferta en licitación del Hogar de Ancianos de Quilaco por incumplimientos a las bases de licitación

La Corte confirmó la declaración de inadmisibilidad de la oferta presentada en la licitación para el suministro de personal del Hogar de Ancianos Juan Pablo II, al constatar incumplimientos sustanciales en la cantidad de cuidadores y en la consideración de horas extraordinarias según la normativa laboral.

Por Francisca Atenas·12 de octubre de 2025·2 min de lectura
elcontraste.cl
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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó la reclamación interpuesta por un oferente en contra de la sentencia del Tribunal de Contratación Pública que confirmó la declaración de inadmisibilidad de su oferta en una licitación pública realizada por la Municipalidad de Quilaco.

La licitación correspondía al «Suministro de mano de obra y administración del Hogar de Ancianos Juan Pablo II» de Quilaco. El reclamante alegó que la sentencia incurrió en errores al interpretar las normas de contratación pública y que la declaración de inadmisibilidad fue arbitraria.

Los principales motivos de inadmisibilidad señalados se relacionaron con inconsistencias en el número de cuidadores ofertados, discrepancias en la información sobre las remuneraciones del personal y la omisión del cálculo de horas extraordinarias para determinados trabajadores.

El reclamante argumentó que las supuestas inconsistencias eran meras discrepancias formales o derivadas de las propias bases, y que el foco debía estar en el servicio ofertado más que en el personal.

La Corte de Santiago desestimó la reclamación, tras determinar que efectivamente existieron incumplimientos a los requisitos establecidos en las bases de licitación.

En particular, constató que, “(…) de la revisión del Anexo N° 5 presentado por el recurrente se constata que, en cuanto a la cantidad del personal, ofertó un número de ‘6 cuidadoras de residentes con jornada de 45 horas semanales’, lo que no es consistente con las 8 jornadas a cumplir por esas mismas cuidadoras que indica en ese mismo Anexo y con lo señalado en el Anexo N° 6 en cuanto al ‘Presupuesto Mano de Obra 2024’”.

Asimismo, la Corte validó que las bases requerían considerar las horas extraordinarias conforme a la normativa laboral aplicable, lo cual no fue incluido en la oferta.

En consecuencia, la Corte concluyó que el recurrente no cumplió con lo requerido por las bases de licitación en aspectos sustanciales, por lo que la declaración de inadmisibilidad de su oferta fue ajustada a derecho.

En mérito de lo expuesto, la Corte de Santiago rechazó la reclamación.

Vea sentencia Corte de Santiago Rol N°293-2025 (Contencioso Administrativo) y del Tribunal de Contratación Pública Rol N°66-2024.

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